Vender una vivienda heredada: cómo tributa en el IRPF
Vender una vivienda heredada genera, en la mayoría de los casos, una ganancia patrimonial que tributa en el IRPF de quien vende, con independencia de que ya se haya liquidado el Impuesto de Sucesiones al heredarla. Son dos impuestos distintos, con hechos imponibles diferentes.
Cómo se calcula la ganancia patrimonial
La ganancia se calcula como la diferencia entre el valor de transmisión (el precio de venta, menos gastos e impuestos asociados a la venta) y el valor de adquisición. En un inmueble heredado, el valor de adquisición es el que se declaró en el Impuesto de Sucesiones, no el precio que pagó el causante en su día.
Qué gastos reducen la ganancia
Los gastos de notaría, registro, la plusvalía municipal satisfecha y la parte proporcional del Impuesto de Sucesiones correspondiente al inmueble reducen la ganancia patrimonial sujeta a IRPF. Conviene conservar todos los justificantes desde el momento de la herencia, no solo desde la venta.
Casos de exención
Existe exención por reinversión en vivienda habitual y otros supuestos, como la exención para mayores de 65 años, que dependen de tu situación concreta. Conviene valorar la operación antes de venderla, porque una vez producida la transmisión ya no hay margen de planificación fiscal.
Si hay varios herederos
Cuando el inmueble se hereda entre varias personas, cada una tributa por su porcentaje de la ganancia patrimonial en su propia declaración de la Renta, no de forma conjunta. Conviene que todos los herederos tengan claro el valor de adquisición declarado en su momento en el Impuesto de Sucesiones, para evitar discrepancias entre declaraciones.
Si tienes previsto vender un inmueble heredado, revisar la operación antes de la venta —no después— es lo que permite aplicar correctamente estas reducciones. Puedes consultar más en la sede electrónica de la AEAT o en la página de fiscalidad de la vivienda.
Preguntas frecuentes
¿Cómo tributa vender una vivienda en la declaración de la Renta?
La venta de una vivienda genera, en general, una ganancia o pérdida patrimonial que se calcula por la diferencia entre el valor de transmisión y el valor de adquisición, incluyendo gastos e impuestos asociados a ambas operaciones. Existen supuestos de exención, como la reinversión en vivienda habitual o la exención para mayores de 65 años, que dependen de tu situación concreta. Conviene revisar la operación antes de venderla, no después, para valorar si aplica alguna reducción.
¿Cómo funciona una consulta si la hacemos online?
El proceso es el mismo estés donde estés: me cuentas tu caso a través del formulario de contacto, con la documentación que tengas a mano. Reviso la situación y te indico qué información falta, si es necesaria, y un presupuesto antes de empezar. A partir de ahí seguimos por videollamada, teléfono o email, según lo que te resulte más cómodo. No hace falta desplazarte ni tener conocimientos técnicos previos.
¿Cuánto cuesta y cuándo lo sabré?
No empiezo ningún trabajo adicional sin explicarte antes su alcance y su precio. Tras contarme tu caso, te indico si se trata de una consulta puntual, una revisión, una declaración, un escrito o una gestión más amplia, y qué coste tiene. Solo sigo adelante si estás de acuerdo con ese presupuesto. Así sabes exactamente qué vas a recibir antes de decidir.
¿Es confidencial la información que te envío?
Sí. La documentación que me envíes se trata con la confidencialidad propia de la relación entre abogado y cliente. Solo yo accedo a tu caso: no hay un equipo comercial ni intermediarios que vean tus documentos antes que yo. Puedes adjuntar archivos directamente desde el formulario de contacto o, si lo prefieres, indicarme por dónde te resulta más cómodo enviarlos.
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